Testamento vital

Paso 1

¿Qué es el Testamento Vital?

El Testamento Vital, también conocido como Voluntades Anticipadas o Documento de Instrucciones Previas, es un documento notarial fundamental. En él, usted, como otorgante, expresa de forma clara y anticipada sus deseos y directrices para los estadios finales de su vida. Esto incluye, de manera detallada, el tipo de tratamientos médicos y farmacológicos que desea o no recibir en un futuro incierto, así como la designación de una persona de su confianza que actuará como su representante para tomar decisiones sobre su consentimiento médico en caso de que usted no pueda hacerlo. Además, en este documento puede manifestar sus disposiciones sobre el destino de su cuerpo, como la forma y lugar de su entierro o incineración, asegurando que sus preferencias sean respetadas.

Paso 2

¿Qué documentación necesito?

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial que acredita la identidad de los ciudadanos españoles. Debe presentarse siempre original y en vigor para cualquier trámite notarial. En caso de personas extranjeras, se requerirá su pasaporte en vigor y, si procede, su Número de Identificación de Extranjero (NIE).

Este documento es esencial para designar a una persona de confianza que gestionará tus últimas voluntades ante el equipo médico si fuera necesario. Se requiere el nombre completo, apellidos y DNI del interlocutor, junto con sus datos de contacto como el teléfono. La presencia física del representante en la notaría no es obligatoria para la firma de este documento.

Paso 3

Preguntas frecuentes

Un testamento vital, también conocido como documento de voluntades anticipadas, es un documento legal donde expresas tus deseos sobre los cuidados médicos y el destino de tu cuerpo para el futuro, especialmente si no pudieras comunicarte.

Sirve para que tus decisiones sobre tratamientos médicos, cuidados o el destino de tu cuerpo (como donación a la ciencia o funeral) sean respetadas cuando no puedas expresarlas tú mismo. También permite designar a alguien para que te represente ante los médicos y decidir por ti.

Cualquier persona mayor de 18 años con plena capacidad para entender y querer sus actos, que otorgue el documento de forma libre y voluntaria, sin presiones.

En Cataluña, el documento debe formalizarse ante notario o ante tres testigos (dos de ellos sin parentesco con el otorgante) para tener validez. Se deben respetar las instrucciones que no sean contrarias a la ley ni a la buena práctica médica.

Sí, puedes modificar o revocar tu testamento vital en cualquier momento otorgando un nuevo documento posterior con tus deseos actualizados. También es posible indicar verbalmente un cambio de opinión si la situación lo permite.

Aunque no es obligatorio, sí es muy recomendable inscribir tu testamento vital en el registro autonómico para asegurar que los profesionales sanitarios puedan acceder fácilmente a él y garantizar que tus voluntades se cumplan.

Otorgar el testamento vital ante notario mediante escritura pública te ofrece asesoramiento legal imparcial sobre su contenido y redacción. Además, puedes aprovechar la visita para otorgar tu testamento y así organizar tanto tu patrimonio como tus voluntades asistenciales en un solo acto.

Para otorgar tu testamento vital, contacta con nuestra notaría para concertar una cita. Acude con la documentación necesaria y tendrás la escritura redactada según tus previsiones y necesidades.

Antes de tu cita, reflexiona sobre tus deseos y decide quién será tu representante, incluyendo su nombre completo y DNI. Esta información es clave para que el documento sea útil y refleje fielmente tus voluntades.

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